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Antes del motín; la reversa



Cuando la dispersión de la noticia sobre cómo la Suprema Corte de Justicia resolvió una contradicción de tesis en favor de la tecnocracia contable y no del bienestar de los trabajadores, en cuanto al cálculo de sus pensiones, ya amenazaba con un incendio en la seca pradera de muchas otras inconformidades generadas por la IV T, entre ellas la crisis de los medicamentos y el pantano de la economía, el IMSS salió a dar la cara por los pensionados.
 
Zoé Robledo, director general y el propio Señor Presidente, contribuyeron a calmar los amenazantes nubarrones de una tormenta perfecta. Todo se detuvo como por arte de magia. Ésta es una explicación oportuna de cómo están las cosas:
 
“El tope superior para el cálculo de las pensiones bajo la Ley del Seguro Social (Ley 1973), seguirá siendo de 25 UMAS mínimos (no hay UMAS mínimos ni máximos. Las Unidades de Medida son convenciones sustitutas del desindexado salario mínimo en los cálculos económicos). No hay cambio.
 
“El IMSS aclara que la tesis de jurisprudencia 2a./J.164/2019 (10ª.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación el 24 de enero de 2020, así como las jurisprudencias 2a./J.85/2010 y 2a./J.8/2016(10a), dictadas por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no alteran el mecanismo de cálculo para el pago de pensiones al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, conocida como Ley 73, para los trabajadores de la transición (asegurados que hayan tenido cotizaciones bajo la Ley 73 y continuaron cotizando bajo la Ley del Seguro Social vigente a partir del 1 de julio de 1997).
 
“Ante versiones recientes de que, derivado de las tesis de jurisprudencia mencionadas, se modificará el tope máximo de 25 UMAS para las pensiones de la Ley 73, precisamos que:
 
 “1. Los 3.7 millones de trabajadores actualmente pensionados, continuarán recibiendo su pensión de manera puntual y sin cambios en su monto, por lo que están garantizados los derechos adquiridos de esa prestación de Seguridad Social.
 
“2. El IMSS, atendiendo al principio establecido en la Ley, continuará aplicando el tope de 25 UMAS que establece la Ley del Seguro Social de 1997, para aquellos trabajadores de la transición que, en ejercicio del derecho de elección que establecen los artículos Tercero y Undécimo Transitorios de la Ley del Seguro Social vigente, elijan recibir su pensión conforme a la Ley 73.
 
“3. El tope de las 10 UMAS únicamente (se) aplicó para los asegurados que sólo cotizaron bajo la Ley 73, es decir, aquellos que realizaron todas sus cotizaciones entre 1973 y hasta el 30 de junio de 1997
 
“4. La resolución emitida tanto por los Tribunales Colegiados como por la SCJN, tiene efectos sólo para las partes que intervinieron en la controversia, es decir, no tiene efectos generales, en observancia a lo previsto en la fracción II, del artículo 107 de la CPEUM (aunque los haya promovido de manera litigiosa el propio IMSS).
 
“Es importante subrayar que el ámbito de aplicación de las jurisprudencias señaladas no altera el mecanismo de cálculo para el pago de las pensiones a los asegurados, ni afectan el monto de las pensiones ya otorgadas, por lo que es decisión del gobierno de la República mantener las mismas en los niveles hasta ahora garantizados ”.
 
Esta columna ha reproducido los párrafos anteriores con una cierta dosis de satisfacción. EL CRISTALAZO dio a conocer (como decía Jacobo, antes que nadie), la aberrante decisión de la tecnocrática SCJN y su vergonzosa sesión secreta  de mediados del mes pasado, en la cual legalizaba la mutilación de los pensionados.
 
Hace mucho tiempo no se presentaba con ganta velocidad una reacción oficial de esa contundencia.
 
Aquí no ha pasado nada.         
 
UNAM
 
—¿Por qué nadie hace nada por restablecer el orden en la Universidad Nacional Autónoma de México?
 
—Porque los promotores del caos están dentro del mismo gobierno cuya  capacidad, entre otras, podría resolver el caos, no fomentarlo.
 
Se trata de convertir a la Universidad en la comuna; desaparecer a la Junta de Gobierno, nombrar las autoridades a mano alzada, consultarlo todo en asambleas de encapuchados, y lograr el autogobierno no democrático, el asambleísmo y la dictadura de los porros.
 
Algunos de ellos (y de ellas), están en el gobierno de la ciudad; otros en la Cámara de Diputados, algunos más en el Senado. La universidad de sus ambiciones aspira a la calidad de la UACM. Ni más ni menos.
 
El rollo ese del machismo, la seguridad de las alumnas y demás mujeres en las instalaciones, es un recurso oportunista, montado en el justo discurso feminista. No un verdadero motivo.
 
Twitter: @CardonaRafael
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