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La independencia electoral



Y hace un año nadie lo buscaba con tanto afán. El ahínco no se reflejaba en los teléfonos. El Bronco es independiente de todo
cuanto se quiera, menos del poder.

Lo veo a una cierta distancia. Es la viva imagen del éxito instantáneo. Hace un año nadie sabía —fuera de su círculo neoleonés— quién es Jaime Rodríguez, a quien llaman como es su gusto, El Bronco. Él se  autodefine, y su comportamiento lo comprueba, como un hombre directo, franco, con el estilo norteño en el cual  se confunden los límites del atrabancado con el sincero.
Gente sencilla del norte, decían antes.


El Bronco está sentado en una mesa en el atiborrado restaurante campechano La Pígua. Hace un rato terminó la ceremonia de toma de posesión del gobernador Alejandro Moreno Cárdenas. El Bronco ya es uno más de esa trentena virreinal por cuyas manos pasa el destino de miles de ciudadanos. Ya es uno de ellos y como tal se comporta.


¡Ah!, el irresistible aroma del poder!


Ya suele viajar en aviones privados, prestados, rentados o propiedad del gobierno. Ya se codea con la élite del país, ya lo buscan los reporteros, lo saludan con palmadas los columnistas políticos. Su ejemplo es tema en todas las mesas. Ya hay quien lo hace candidato, ya hay quien lo imagina presidente.


Y hace un año nadie lo buscaba con tanto afán. El ahínco no se reflejaba en los teléfonos. El Bronco es independiente de todo cuanto se quiera, menos del poder.


Y su ejemplo ha traído a la discusión política un elemento impensable hace apenas un lustro, poco más, poco menos.


Los candidatos sin partido frente a la crisis de los partidos sin candidatos.


Recordemos algunos antecedentes:
“(JAL, cito).- …a partir de la independencia y hasta la Revolución mexicana en 1910, las candidaturas individuales estaban reguladas en la Ley.


“El 2 de julio de 1918 se publicó en el Diario Oficial la Ley para Elecciones de Poderes Federales en la cual entre otros puntos se requería el registro de candidatos, a esta Ley se le considera como el antecedente inmediato de las candidaturas independientes porque en su artículo 107 señala:


“Artículo 107. Los candidatos no dependientes de partidos políticos tendrán los mismos derechos conferidos a los candidatos de éstos, siempre que estén apoyados por cincuenta ciudadanos del Distrito, que hayan firmado su adhesión voluntaria en acta formal; que tengan un programa político al que deben dar publicidad y que se sujeten a los requisitos prevenidos en las fracciones VII y VIII del artículo anterior. Respecto de la fracción VII se señalaba:


“VII. Que registre sus candidaturas durante los plazos fijados por la ley, sin perjuicios de modificarlas si lo considera conveniente, dentro de los mismos plazos. El registro se hará en la cabecera del Distrito Electoral, si se trata de Diputados o en la capital del Estado, si de Senadores o Presidente de la República. En cuanto a la fracción VIII la ley preveía”.


Pero ya más cerca:
“Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos informa en el año 1988 sobre la situación en México, en el punto 445, menciona:


“Se debe revisar la legislación secundaria en cuanto hace al sufragio pasivo”. Posteriormente el 12 de julio de 1996, en la observación general de la oficina del alto Comisionado de Derechos Humanos, señala la existencia de un elemento discriminatorio en el voto pasivo de los mexicanos. En 2004 el Ciudadano Jorge Castañeda solicita ante el Instituto Federal Electoral su inscripción para participar como candidato independiente en la elección presidencial, misma que le fue negada… en 2006 acude ante la CIDH, la cual concluye que se violó el derecho de protección judicial a no existir algún medio de impugnación para defender sus derechos y el Estado mexicano deberá ajustar su legislación secundaria.


“Las Candidatura Independientes se consagraron como derecho político electoral desde la reforma constitucional del 9 de agosto del 2012…”.


El problema es de dónde surge la independencia, si de la leva residual de los partidos, como advierte Manlio Fabio Beltrones, o de cualquier otra fuente del poder.


No sólo saber independencia de origen, sino independencia de destino. Esa sería la verdadera pregunta.

 

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