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Este pasado 30 de septiembre se cumplieron 10 años de la entrada en vigor del Tratado de Marrakech. Para explicar qué es y por qué es importante, necesito hacer un poco de historia.

La creación literaria y artística se encuentra protegida por las leyes de derechos de autor en la mayoría de los países del mundo, que basan sus legislaciones en las regulaciones de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, OMPI.

Aunque la protección a los derechos de autor se remonta hasta el estatuto de la Reina Ana en la Inglaterra del siglo XVIII, no fue sino hasta 1886 que se creó un marco legal internacional que regula el derecho de autor hasta nuestros días, la denominada Convención de Berna de la OMPI. Este tratado marcó un hito en la historia del derecho de autor. De hecho, 10 años después, en 1896, motivó la creación de la Unión Internacional de Editores (UIE), cuyo objetivo inicial fue convencer a los gobiernos del mundo a adherirse a esta importante legislación internacional. A la fecha se han adherido 182 países.

A lo largo del tiempo ha habido diversos tratados que han enriquecido la Convención de Berna, por ejemplo el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT), que es un arreglo particular adoptado en virtud del Convenio de Berna que trata de la protección de las obras y los derechos de sus autores en el entorno digital.

En resumen, lo que el derecho de autor establece es el derecho exclusivo de los creadores para autorizar, o no, la reproducción y difusión pública de su obra. Normalmente, las leyes establecen ciertos casos de excepción, claramente definidos y delimitados.

Después de la aprobación en 2007 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, impulsada en 2013 orgullosamente por Don Gilberto Rincón Gallardo, un jurista, político y activista mexicano, especialmente reconocido por su lucha contra la discriminación y por la defensa de los derechos de las personas con discapacidad, el mundo reconoció la necesidad de una excepción especial al derecho de autor para permitir el acceso a obras literarias para personas con discapacidad visual.

Se estima que en todo el mundo hay alrededor de 295 millones de personas con discapacidad visual. El evitar la discriminación e integrar a las personas ciegas a una vida plena y productiva en la sociedad es responsabilidad de todos.

Por ello, el 27 de junio de 2013 la OMPI convocó a una conferencia diplomática en la ciudad de Marrakech, en la que se adoptaría un tratado cuyo objetivo es el de facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso.

La Unión Internacional de Editores participó de manera activa y apoyó la aprobación del tratado de principio a fin. En su turno de hacer uso de la palabra en la conferencia diplomática, el entonces presidente de la UIE, YS Chi, dijo que "todos y cada uno de los libros que publicamos deberían ser accesibles para todos."

Tres años después, el 30 de septiembre de 2016, se lograría la puesta en vigor del tratado con la ratificación de 20 estados miembros. En la actualidad ha sido ratificado por 132 estados miembros.

Con el Tratado de Marrakech se creó la base legal para una importante excepción al derecho de autor, en beneficio de las personas con discapacidad visual. Sin embargo, la legislación no iba a ser suficiente para acelerar el acceso a los libros. La Unión Mundial de Ciegos estimaba entonces que menos del 10% de los libros eran accesibles para personas con discapacidad visual.

Por ello, la OMPI decidió establecer el Consorcio de Libros Accesibles (ABC), cuyo objetivo es aumentar en todo el mundo el número de libros en formatos accesibles, como braille, audio, texto electrónico y macrotipo, y ponerlos a disposición de las personas ciegas, con baja visión o con cualquier otra dificultad para acceder al texto impreso.

El Consorcio es una colaboración público-privada dirigida por la OMPI. En ella se incluyen organizaciones que representan a personas con dificultades para acceder al texto impreso, como la Unión Mundial de Ciegos (UMC), bibliotecas para ciegos, organismos de normalización y organizaciones que representan a autores, editores (como la UIE) y organismos de gestión colectiva.

Durante seis años tuve el privilegio de participar, como vicepresidente en representación de las organizaciones titulares de derechos de autor, en el consejo consultivo del Consorcio ABC. Una experiencia muy enriquecedora.

En ese sentido, uno de los principales retos que tenemos las editoriales es publicar nuestros libros electrónicos en formatos accesibles para personas con discapacidad visual. El sistema Braille sigue siendo por supuesto fundamental, pero la tecnología permite en la actualidad que las personas invidentes puedan "leer" textos con la ayuda de sistemas informáticos que reproducen los contenidos en forma de audio.

Pero el libro electrónico accesible es mucho más que un audiolibro. Son básicamente dos características que debe de cumplir y que lo diferencian de un ejemplar que no se considera accesible.

En primer lugar, un libro electrónico accesible debe de poder ser "navegable". Esto quiere decir que el usuario puede ir de manera directa a la parte de la obra que le interese, sin tener que escuchar todo el contenido previo. Debe de poder identificar un índice, para luego dirigirse a la sección de su interés. Para ello es necesario programar etiquetas para los títulos de los capítulos, encabezados, etc.

El segundo elemento esencial es que las imágenes que contenga la obra se deben de describir, para que las pueda comprender una persona ciega.

El mismo libro electrónico funciona para todos los usuarios. La diferencia es que, una vez producido en formato accesible, puede ser "leído" por personas con discapacidad visual. La intención es que las editoriales integremos en nuestros procesos de producción estos elementos de accesibilidad, de tal manera que los libros electrónicos "nazcan" ya en formato accesible.

Editores de todo el mundo estamos comprometidos con esta tarea y, aunque nos falta un muy largo camino por recorrer a fin de mejorar las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad visual, vamos por el camino correcto.


Contenido sindicado vía RSS de El Universal Cultura. Nota original: https://www.eluniversal.com.mx/cultura/confabulario/el-tratado-de-marrakech-y-las-publicaciones-accesibles/

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