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Senado da aval unánime a leyes de la Guardia Nacional


La votación fue de 114 a favor, cero en contra y una abstención, del independiente Álvarez Icaza. Resalta su carácter civil con sustento federal; a estados y municipios se les cobraría sólo de “manera excepcional”

Por 114 votos a favor, cero en contra y una abstención del senador independiente Emilio Álvarez Icaza, el  Senado de la República aprobó las cuatro leyes secundarias que regularán el accionar de la  Guardia Nacional en el combate a la inseguridad  y delincuencia organizada donde se destaca su carácter civil  y la posibilidad de que consolide convenios con los estados y municipios para realizar labores de prevención, intervención e investigación de delitos, sin que ello implique sustituir a los  cuerpos policiacos de esas entidades y ayuntamientos que soliciten su ayuda.

Los elementos militares que integren la Guardia Nacional, ya sea de Ejército o la Marina  serán designados por el Presidente de la República y conservarán su grado, rango y todas sus prestaciones, pero sujetos a la disciplina y fuero civil, con lo cual se subsanó el obstáculo en el que se había convertido la situación de las licencias a los integrantes de las fuerzas armadas.

Se mantiene el plazo de cinco años para que las fuerzas armadas participen en acciones contra la inseguridad y el crimen organizado —pero al cabo de ese periodo regresen a sus cuarteles—,  en tanto se capacita a los integrantes de esa corporación.

Entre las nuevas atribuciones que tendrá esta nueva corporación, destacan la de realizar “operaciones encubiertas y de usuarios simulados” en investigaciones de prevención de delitos, así como intervenciones en materia de telecomunicaciones como teléfonos y georeferenciación, aunque ello previa autorización de un juez de control.

Incluso estará facultada para imponer infracciones de tránsito en los caminos y puentes federales.

Al frente de la Guardia Nacional estará el Secretario de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, un comandante general, coordinador territorial, coordinador estatal y coordinador de unidad.

Los recursos humanos, económicos y materiales para la operación de la Guardia Nacional estarán a cargo de la Federación y sólo de “manera excepcional”, se les cobrará a estados o municipios  las aportaciones que, en su caso, deberán hacer éstos cuando la Guardia Nacional realice tareas de seguridad pública de competencia local.

Así, los senadores aprobaron la Ley Orgánica de la Guardia Nacional, la Ley Nacional de Uso de la Fuerza de la Guardia Nacional, Ley Nacional del  Registro de Detenciones y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

El legislativo, creó el Registro Nacional de Detenciones, el cual será administrado y operado por la Secretaría de Seguridad Pública y en él se concentrará la información a nivel nacional sobre las personas detenidas.

En los artículos transitorios de esta ley, se estableció que el Congreso contará con un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto para realizar las reformas a la Ley de Migración a fin de crear un registro de personas migrantes detenidas que cuenten con las mismas garantías procesales, de protección y de seguridad previstas en la ley.

Las leyes fueron remitidas a la Cámara de Diputados para su discusión y eventual aprobación.

El presidente del Senado, Martí Batres confió en que la Cámara de Diputados la apruebe en sus términos y sin ninguna modificación. Recordó que el plazo legal para aprobar estas leyes termina el 25 de mayo.