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Estimado lector(a), en días recientes se cumple un año de la reforma al Poder Judicial Federal; intencionalmente omito emplear el término “celebrar”, debido a que, desde mi perspectiva, no hay nada que celebrar con relación a dicha reforma. Un dato que es indispensable tener en cuenta, con independencia de la postura política e ideológica que cada uno de nosotros adopte, es que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve un 35% menos de asuntos en comparación con la integración anterior de dicho órgano judicial. En virtud de lo anterior, considero indispensable señalar que una de las motivaciones principales de la reforma en comento fue acercar la justicia a todas y cada una de las personas, sin ningún tipo de distinción. No obstante, los datos demuestran que esta nueva Suprema Corte, más allá del discurso político, es la más lejana a la ciudadanía. Con relación a lo anterior, amable lector(a), permítame mayor claridad: el hecho de que el máximo órgano de impartición de justicia en el país resuelva menos asuntos implica invariablemente que las personas detrás de todos esos asuntos ven cómo sus derechos quedan al fondo de un cajón de escritorio, olvidados en el último resguardo de su consciencia o inconsciencia, esperando, anhelando, suspirando por una respuesta a sus peticiones, ya sin calificar si son o no conforme a derecho, justas o injustas. Ante cifras de tal magnitud, es inevitable preguntar: ¿dónde está el Tribunal de Disciplina Judicial? ¿Por qué en estos casos donde es clara la demora judicial no existe sanción alguna? ¿Es acaso una prueba contundente de que la finalidad de dicho órgano sancionador es perseguir a los jueces que resuelvan en contra del régimen gobernante en México? Cuestionamientos como los anteriores son solo algunos que surgen como consecuencia de datos tan críticos, cuestionamientos que considero son legítimos, puesto que en todos estos asuntos existen personas que ven cómo sus derechos quedan paralizados. Aunado a las afectaciones materiales que sufren todas las personas que hoy reciben una impartición de justicia más lenta, es necesario considerar que esta conducta pasiva de la Suprema Corte implica, en primer y última instancia, una violación flagrante al texto constitucional, ese mismo texto que solemnemente prometieron hacer valer y proteger en beneficio de todas las personas. En este tenor, el artículo 17 de la Constitución Federal prevé expresamente que la justicia impartida en México debe ser pronta, completa, imparcial y gratuita. En adición, la Convención Americana sobre Derechos Humanos prevé, en sus numerales 8 y 25, la obligación del Estado mexicano de garantizar un recurso judicial sencillo, rápido y efectivo. Desde mi perspectiva, el Poder Judicial Federal, específicamente la Suprema Corte, incumplen con dos de las cuatro características señaladas por el texto constitucional; sin embargo, debido a que el análisis completo de dichas cuestiones demanda una extensión digna de un libro, me limito únicamente a señalar algunos puntos sobre la cualidad de “pronta” o “rápida”. Apreciable lector(a), cuando la justicia deja de ser pronta, pierde su efectividad, debido a que los derechos de las personas deben ser protegidos y satisfechos lo más pronto posible. Una resolución que toma el doble, triple o más se vuelve ineficiente. En la mayoría de las ocasiones, los daños serán de tal magnitud que será imposible devolver las cosas al estado que guardaban. Consecuentemente, es posible considerar que dichas resoluciones únicamente tendrán un efecto ilusorio o paliativo en la esfera jurídica y patrimonial de las personas involucradas. Una sentencia con efectos ilusorios es equivalente a la denegación fáctica de justicia. Considero que la “legitimidad democrática” de la que hoy gozan los máximos impartidores de justicia del país es insuficiente para justificar su falta de compromiso con la salvaguarda de los derechos humanos de las personas y su falta de interés en la resolución de las controversias sometidas a su consideración. La legitimidad de los impartidores de justicia, tanto en México como en el resto del mundo, única y exclusivamente descansa en la calidad técnica, independencia y celeridad de sus resoluciones judiciales. Me parece vital retomar que la finalidad de esta reforma era acercar la justicia a toda la ciudadanía, especialmente a todas aquellas personas que históricamente habían sido relegadas por el sistema. Desde mi punto de vista, datos como este exhiben que la justicia que hoy se imparte en México está más alejada que nunca de la sociedad en general, particularmente de los que menos recursos tienen. Las únicas personas capaces de soportar y afrontar procedimientos judiciales en la actualidad son aquellas que tienen la capacidad patrimonial de dejar en espera sus derechos controvertidos y, mientras tanto, cubrir los gastos de los abogados que representan sus intereses. Para la mayoría de las personas en México, la espera no es una posibilidad, debido a la mala situación económica que enfrenta nuestro país. Una de las consecuencias directas de lo anterior es que las personas que no pueden darse el lujo, porque es un verdadero privilegio, de esperar los interminables plazos del sistema judicial actual, están orilladas a negociar en una posición débil y que desfavorece la protección de sus intereses. Lejos de las encuestas de opinión y de los discursos oficiales, la realidad procesal exhibe una parálisis paulatina que comienza a asfixiar a los justiciables. Al dividir el número de sentencias dictadas entre el número de juzgadores en funciones, la productividad judicial ha sufrido un desplome palpable, demostrando que el voto en las urnas no confirió, por sí mismo, celeridad a la pluma jurisdiccional. En conclusión, la Suprema Corte, como máximo exponente de la justicia en México, ha defraudado gravemente a la sociedad que veía con esperanza el nuevo sistema judicial. No paso por alto, amable lector(a), que es una tarea de todos compeler a nuestros órganos jurisdiccionales a que todas y cada una de sus resoluciones cumplan con lo establecido por el artículo 17 de nuestra Constitución Federal. Más allá de mi posición ideológica con relación a la reforma al Poder Judicial, espero fervientemente que nuestros impartidores de justicia hagan un trabajo profesional y responsable, cumpliendo su teleología de impartir justicia tendiente a la paz y armonía social y que protejan los derechos humanos de las personas, especialmente de las más desfavorecidas, puesto que si a ellos (los impartidores de justicia) les va bien en el ejercicio de sus funciones, a todos nos va bien. Desafortunadamente para todos nosotros, estimado lector(a), hoy la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha perdido el derecho a utilizar todos esos calificativos. Primero, no es Suprema por la ausencia de división de poderes. Segundo, ha dejado de ser Corte para convertirse en un salón de reuniones para la mera convivencia. Tercero, no es de Justicia, sino de protección de intereses políticos y económicos de los miembros del régimen gobernante. Por último, dejó de ser de la Nación para convertirse de unos cuantos. Por último, me gustaría compartir con Usted, estimado lector(a), la siguiente reflexión en forma de cuestionamiento: ¿Por qué, si el discurso oficialista insistió fervientemente en que esta reforma, una de las pirámides angulares de nuestro sistema jurídico era lo más conveniente para los intereses y derechos de todas las personas en México, hoy el mismo régimen optó por postergar el ejercicio democrático para elegir a nuestros impartidores de justicia? ¿Dicha postergación es prueba contundente de que el gobierno ha corroborado la gran afectación generada en nuestro país? Como siempre, quedo atento a sus apreciables comentarios, que son los más valiosos y acertados. Estoy a su disposición a través del siguiente correo electrónico: [email protected].


Contenido sindicado vía RSS de El Financiero. Nota original: https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/entre-lineas-finanzas-y-leyes/2026/09/07/la-imparticion-de-justicia-en-mexico-entre-la-democratizacion-y-el-rezago-e-inexperiencia-judicial/

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