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Foto: Imagen de archivo de Depositphotos

Faltar a una audiencia programada ante un Juez de Inmigración en Estados Unidos es una de las situaciones más delicadas dentro de un proceso de remoción. Cuando el migrante no se presenta a la cita, el juez emite automáticamente una orden de deportación en ausencia (In Absentia Order). Esta medida cierra el caso y deja a la persona con una orden de remoción activa.

Si es tu caso, aprender cómo reabrir un caso de inmigración puede cambiar tu vida, es por ello que en este artículo te explicaremos de qué va la Moción de Reapertura para Anular una Orden en Ausencia (Motion to Reopen an In Absentia Order), incluidas las tres causales válidas, los tiempos límite y los formularios necesarios para detener la deportación.

Así puedes reabrir un caso de inmigración cerrado por ausencia

Causales legales para reabrir un caso cerrado en ausencia

De acuerdo con la Sección 240(b)(5)(C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y la regulación 8 C.F.R. § 1003.23(b)(4)(ii), un Juez de Inmigración solo puede anular una orden en ausencia si la moción demuestra una de las siguientes tres causales:

1. Circunstancias excepcionales (exceptional circumstances)

Aplica cuando la falta a la audiencia se debió a situaciones graves que escaparon completamente del control del inmigrante. La ley define estrictamente estas circunstancias como:

  • Enfermedad grave del inmigrante.
  • Enfermedad grave o fallecimiento del cónyuge, hijo o padre del inmigrante.
  • Situaciones de violencia doméstica o crueldad extrema ejercida contra el inmigrante o sus hijos.(Nota: Emergencias menores o malentendidos de calendario no califican como circunstancias excepcionales).

2. Falta de una notificación adecuada (lack of proper notice)

Si el inmigrante no acudió a la corte porque nunca recibió la notificación formal (la Carta de Cita o Notice to Appear – NTA) con la fecha, hora y ubicación correcta de la audiencia, el caso puede reabrirse argumentando falla en la notificación oficial por parte de las autoridades.

Este apartado es complejo porque recientemente se modificó los requisitos para considerar que se entregó apropiadamente una NTA.

Tal como explicó el director del Centro Comunitario de San Bernardino, a Conexión Migrante, el pasado mes de agosto la Junta de Apelaciones determinó que una notificación por correo regular es suficiente para cumplir con el requisito legal. Esto significa que, en la práctica, no existe una garantía real de que la persona haya sido efectivamente notificada sobre su audiencia.

3. Detención bajo custodia federal o estatal

Aplica si el inmigrante no pudo asistir a la audiencia judicial porque se encontraba bajo custodia policial o de inmigración (en una cárcel local, estatal o centro de detención de ICE) al momento de la cita, siempre que la falta no haya sido por su culpa.

También se puede solicitar si la persona estaba en la fila del juzgado pero no podía ingresar debido al retraso en los tiempos de revisión. Desafortunadamente, no hay una garantía de que al solicitar este

Plazos límite para presentar la moción (time limits)

El tiempo para actuar ante la Corte de Inmigración depende directamente de la causal bajo la cual se sustente la reapertura del caso:

Causal de la MociónPlazo Límite de PresentaciónCircunstancias ExcepcionalesDebe presentarse dentro de los 180 días posteriores a la emisión de la orden en ausencia.Falta de Notificación AdecuadaSe puede presentar en cualquier momento (At any time), sin límite de días.Estar bajo Custodia Federal o EstatalSe puede presentar en cualquier momento (At any time), sin límite de días.

Ten cuidado con el límite de intentos: La regulación estipula que el migrante solo tiene derecho a presentar una sola moción de reapertura para anular una orden emitida en ausencia. Por ello, el expediente inicial debe incluir todas las pruebas documentales necesarias desde el primer intento.

Documentación y requisitos para enviar la Moción

Al momento de someter la solicitud ante la Corte de Inmigración, el paquete de la moción debe cumplir estrictamente con los siguientes requisitos de forma:

  1. Carátula Oficial: El expediente debe incluir una página de portada rotulada con la leyenda en mayúsculas: "MOTION TO REOPEN AN IN ABSENTIA ORDER".
  2. Formularios de Representación Legal y Cambio de Dirección:
    • Si cuentas con representación legal de un abogado o practicante acreditado, se debe adjuntar el Formulario EOIR-28 o Formulario EOIR-61.
    • Para asegurar que la corte tenga tu ubicación correcta, debes incluir el formulario de cambio de dirección EOIR-33/IC.
  3. Pago de Derechos o Solicitud de Exención: Incluir el comprobante de pago de la tarifa de presentación o, en su defecto, la solicitud de exención de pago (Fee Waiver) según el 8 C.F.R. § 1003.24(b)(2).
  4. Pruebas Documentales: Certificados médicos, reportes policiales, cartas de defunción o comprobantes de correo que respalden la causal invocada.

¿Qué es la suspensión automática de la deportación (Automatic Stay)?

Un aspecto crítico de la Moción de reapertura para anular una orden en ausencia en procesos de remoción es la protección inmediata que otorga al solicitante:

  • Al momento de interponer la moción ante la Corte de Inmigración, la orden de deportación queda suspendida automáticamente (Automatic Stay) mientras el Juez de Inmigración evalúa y emite una resolución sobre el caso.
  • Esto impide que ICE ejecute la deportación física del inmigrante durante el periodo en que la moción se encuentra en revisión.

Pasos para gestionar la reapertura del caso

  1. Obtener el expediente de la Corte de Inmigración

Revisa la orden emitida en ausencia y confirma la fecha exacta de su emisión a través del sistema automatizado de la EOIR (1-800-898-7180) para determinar si estás dentro del plazo de 180 días o si aplica una excepción.

2. Reúne la evidencia documental sólida

Recauda los registros médicos, constancias de prisión o pruebas de envío postal que demuestren por qué no fue posible acudir a la cita judicial.

3. Redacta y somete la moción ante el tribunal

El abogado o representante redactará el escrito legal integrando los formularios EOIR-28/EOIR-61, la carátula obligatoria y el comprobante de pago o exención. Se entrega formalmente en la ventanilla de la corte que emitió la orden.

4. Respuesta del Fiscal y Resolución del Juez

La fiscalía del gobierno (DHS) tiene un plazo estándar de 10 días hábiles para responder o presentar objeciones a tu moción. Posteriormente, el Juez de Inmigración emitirá el fallo; si es favorable, la orden en ausencia queda anulada y se reabre el proceso fijando una nueva fecha de audiencia.

Finalmente, es importante saber que la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) no tiene jurisdicción para revisar apelaciones directas sobre órdenes emitidas en ausencia en procesos de remoción sin antes haber pasado por la decisión de una moción de reapertura ante el Juez de Inmigración local. Consultar con un abogado especializado en defensa de deportación antes de agotar tu único intento de moción es indispensable para proteger tu permanencia en el país.


Contenido sindicado vía RSS de Conexión Migrante. Nota original: https://conexionmigrante.com/2026-/09-/12/como-reabrir-un-caso-de-inmigracion-cerrado-por-ausencia-en-usa/

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Nota sindicada de Conexión Migrante · Leer la nota original ↗
Escrito por
Conexión Migrante
Fuente externa · Sindicación RSS · Carta de México

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