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El Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito, con sede en San Francisco, determinó que el gobierno del presidente Donald Trump no puede negar automáticamente el derecho a una audiencia de fianza a las personas migrantes detenidas por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE). Con esta decisión, ya son cinco los tribunales federales de apelaciones que han rechazado esta política implementada en julio de 2025.

La resolución fue aprobada por una votación de 2-1, incluso con la participación de un juez nombrado por el propio Trump.

No se puede negar audiencia de fianza a migrantes detenidos por ICE: la medida ha sido cuestionada en varios tribunales

La política fue adoptada como parte de la estrategia de arrestos y deportaciones masivas impulsada por la administración Trump. Desde su entrada en vigor, ha sido impugnada en distintos tribunales federales por considerar que viola el derecho al debido proceso de las personas migrantes.

Durante el último año, varios tribunales han coincidido en que los migrantes detenidos deben tener la oportunidad de solicitar una audiencia para que un juez determine si pueden quedar en libertad bajo fianza mientras continúa su caso migratorio.

Otros fallos respaldan el derecho a una audiencia

El pasado 2 de julio, el Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito, en Nueva Orleans, resolvió que mantener detenida a una persona durante más de 90 días sin una audiencia de fianza viola su derecho constitucional al debido proceso.

Antes, el 30 de junio, el Tribunal de Apelaciones del Décimo Circuito, en Denver, también falló a favor del migrante Rigoberto Santillán Quiroz, quien había permanecido ocho meses bajo custodia sin acceso a una audiencia de fianza.

Además, más de 450 jueces federales de distrito ya habían emitido decisiones similares al considerar ilegal mantener a personas migrantes detenidas sin la posibilidad de solicitar su libertad bajo fianza.

¿Qué establece la política de Trump?

La medida, implementada en julio de 2025, eliminó la posibilidad de que muchos migrantes con procesos migratorios pendientes solicitaran su liberación bajo fianza.

Hasta ese momento, la detención obligatoria sin derecho a fianza se aplicaba principalmente a personas detenidas al cruzar la frontera o poco tiempo después de ingresar a Estados Unidos.

Organizaciones defensoras de los derechos de los migrantes han señalado que este cambio provocó un aumento en el hacinamiento y las malas condiciones dentro de los centros de detención migratoria.

El caso podría llegar a la Corte Suprema

Tras las decisiones emitidas por cinco tribunales de apelaciones, aumenta la posibilidad de que la Corte Suprema de Estados Unidos intervenga para definir si la política impulsada por la administración Trump es compatible con la Constitución y con las garantías del debido proceso.


Contenido sindicado vía RSS de Conexión Migrante. Nota original: https://conexionmigrante.com/2026-/07-/30/tribunal-de-apelaciones-de-san-francisco-decide-que-no-se-puede-negar-audiencia-de-fianza-a-migrantes-detenidos/

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Escrito por
Conexión Migrante
Fuente externa · Sindicación RSS · Carta de México

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