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Los “Lineamientos generales para la protección de los derechos de las audiencias” integraron cambios en torno a tres temas: atención a quejas, sanciones y diferencias entre información y opinión, dijo la comisionada presidenta de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), Norma Solano Rodríguez.

En conferencia de prensa, informó que a cinco días de que concluyó la consulta pública, se aprobaron los lineamientos anteriores, los cuales entrarán en vigor 30 días naturales después a su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Rechazó que haya censura o se vaya contra la libertad de expresión, lo cual consideró como "un mito".

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Con los ajustes que se hicieron “queda claro que la CRT no revisará contenidos, tutelará” que se cumpla con el procedimiento, para que se le conteste a la audiencia y se le respeten sus derechos, pero “no se revisará la respuesta” de los medios a los quejosos.

Añadió que con esos lineamientos “no hay espacio ni de interpretación, ni de subjetividad, porque los procedimientos dan certeza…no se hacen consideraciones sobre contenidos, no se revisan, de eso responde el medio, es su responsabilidad del medio, lo que sí se revisa es que siempre dé respuesta…en los plazos que se indican para el procedimiento”.

Solano Rodríguez explicó que se determinó que la sanción máxima para los medios de comunicación de radio y televisión será de 0.1% hasta 1% de sus ingresos anuales del concesionario.

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“Para que eso sucediera tendrían que pasar varias cosas, que el medio no quiera responderle a su audiencia, tendría que pasar que el medio no presente el informe que le pidió la defensoría, tendría que pasar que si se hace una recomendación, el medio no le dé respuesta, si eso sucede la audiencia puede ir con el regulador y el regulador le hará un exhorto, no contesta el medio, entonces se inicia un procedimiento” de sanción.

Aseguró que la decisión de emitir los “Lineamientos generales para la protección de los derechos de las audiencias” se dio tras varias propuestas en el Congreso de la Unión y porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación recibió “varias quejas” al respecto.

Sancionarán “conductas infractoras”

Tras dar a conocer una lista de los que consideró mitos y realidades, explicó que se hicieron cambios en torno a tres áreas: atención a quejas, sanciones y diferencias entre información y opinión.

Expuso que se precisó que las intervenciones de la CRT se llevarán a cabo cuando no se cumpla con el procedimiento de atención a quejas, o que no se atiendan éstas o que el medio no dé respuesta al inconforme.

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También se modificó el articulo 54 sobre las sanciones a las “conductas infractoras”, para precisar que se pondrán multas en los siguientes casos: si no se ponen a disposición de las audiencias los mecanismos de defensa, no tener defensoría o no tener código de ética.

En torno a la distinción entre información noticiosa y opinión, la comisionada presidenta dijo que se ajustó el artículo 11 para establecer que para televisión se debe usar plecas, cortinillas, mensajes en la pantalla o cualquier otro elemento que informe que los conductores expresan opiniones, mientras que para radio se sugieren efectos sonoros.

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Los medios de comunicación deberán de designar a la defensoría de las audiencias, para lo cual se observará el principio de igualdad de género y las personas defensoras deberán regirse por imparcialidad, objetividad e independencia.

Agregó que es necesario tener un código de ética que establezca la mención expresa a los derechos de las audiencias, mecanismos de defensa, criterios editoriales y valores, así como los principios de la empresa.

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